Reglamento

Instituto Tecnológico de Aviación Comercial, A.C.

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales

Artículo 1°.

Todos los estudiantes tienen la obligación de conocer y cumplir el contenido del presente Reglamento, el cual será aplicable a partir de su entrada en vigor.

Artículo 2°.

Al momento de realizar su inscripción o reinscripción, el estudiante acepta expresa y tácitamente el contenido, aplicación y cumplimiento del presente Reglamento, así como de las normas, disposiciones y lineamientos que de él se deriven.

CAPÍTULO II
Proceso de Admisión

Artículo 3°.

Para ingresar como alumno del Instituto Tecnológico de Aviación Comercial, A.C., los aspirantes deberán sujetarse al proceso de selección establecido por el plantel, así como cumplir con los requisitos y condiciones que se determinen para tal efecto.

Artículo 4°.

Se considera aspirante a la persona que realiza formalmente los trámites administrativos y el pago correspondiente para ingresar a la institución.

Artículo 5°.

Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

Ingreso: Trámite que consiste en la presentación de solicitud, documentación y exámenes requeridos para ser admitido.

Inscripción: Procedimiento administrativo mediante el cual la Dirección del Plantel registra oficialmente al alumno.

Reinscripción: Trámite que realiza el alumno para continuar sus estudios al concluir un ciclo escolar o tras una interrupción.

Se consideran inscripciones de primer ingreso aquellas que se realizan por primera vez.

CAPÍTULO III
Requisitos de Admisión

Artículo 6°.

Los requisitos para ingresar al Instituto son los siguientes:

  • Haber concluido satisfactoriamente el nivel bachillerato o equivalente, sin adeudos académicos.
  • Ser mexicano por nacimiento, conforme a los artículos 30 y 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • No presentar discapacidad que impida el desarrollo de la carrera o curso.
  • Contar con capacidades psicomotrices adecuadas.
  • Tener conocimientos básicos de matemáticas, física e informática.
  • Capacidad para seguir instrucciones, comunicarse verbalmente y por escrito, y tolerancia a la frustración.
  • Aceptación y respeto de las figuras de autoridad.

Documentación requerida:

  • Certificado original de bachillerato o equivalente (revalidado si es extranjero).
  • Acta de nacimiento reciente (original y 3 copias).
  • Copia de identificación oficial (INE/IFE).
  • CURP (original y 3 copias).
  • Firma de aceptación del presente Reglamento.
  • Pago de inscripción, seguro y cuotas correspondientes.
  • Firma del contrato Alumno–Escuela.
  • Dos fotografías tamaño credencial a color.

La documentación deberá entregarse en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores al inicio de clases. En caso contrario, la Institución se deslinda de cualquier trámite ante autoridades competentes.

Examen médico:

El aspirante deberá presentar examen médico vigente, realizado por personal autorizado, con una antigüedad no mayor a cinco días naturales. El costo corre por cuenta del alumno.

CAPÍTULO IV
Inscripciones

Artículo 7°.

Los trámites de inscripción deberán realizarse de manera personal y presencial por el interesado.

Artículo 8°.

No se otorgará inscripción a aspirantes que hayan sido dados de baja en otra institución por mala conducta o faltas graves.

Artículo 9°.

Los documentos expedidos por instituciones extranjeras deberán estar debidamente apostillados o legalizados.

Artículo 10°.

La presentación de documentos falsos ocasionará la cancelación inmediata de la inscripción, anulación de calificaciones y notificación a las autoridades competentes, quedando impedido el reingreso futuro.

Artículo 11°.

Una vez inscrito, el Instituto entregará al alumno:

  • Constancia de inscripción
  • Programa académico
  • Contrato Alumno–Escuela
  • Formato de cuotas vigentes

CAPÍTULO V
Reinscripciones

Artículo 12°.

Las reinscripciones deberán realizarse de manera personal y presencial.

Artículo 13°.

No se permitirá la reinscripción a alumnos dados de baja por faltas graves o muy graves.

Artículo 14°.

Los alumnos que interrumpan sus estudios por causas no imputables al Instituto podrán reingresar siempre que no tengan adeudos académicos.

Artículo 15°.

En carreras con vuelo real, los alumnos que reingresen deberán realizar al menos una hora de repaso de maniobras, con costo a su cargo.

CAPÍTULO VI
Asistencias

Artículo 16°.

Para tener derecho a exámenes finales, el alumno deberá contar con mínimo 80% de asistencia por materia.

Artículo 17°.

Se considerará falta:

  • No ingresar a clase.
  • Retardo mayor a 10 minutos en la primera clase.
  • Falta de pago puntual.
  • No portar gafete institucional.
  • Retardos posteriores a recesos.

Las faltas por enfermedad deberán justificarse con comprobante médico.

CAPÍTULO VII
Cuotas

Artículo 18°.

La Dirección General determinará las cuotas correspondientes a inscripción, colegiaturas, horas de vuelo, simulador, seguros, exámenes, cursos y demás conceptos.

Artículo 19°.

Los pagos se realizarán directamente en el banco autorizado. Es obligación del alumno conservar su comprobante.

Artículo 20°.

Después del día 3 de cada mes se generarán recargos. No habrá devoluciones bajo ningún concepto.

Artículo 21°.

El alumno con adeudos no tendrá derecho a presentar exámenes ni a la expedición de documentos oficiales.

CAPÍTULO VIII
Evaluaciones

Artículo 22°.

Los criterios de evaluación serán informados por el docente el primer día de clases.

Artículo 23°.

La evaluación será continua y considerará conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes.

Artículo 24°.

La calificación mínima aprobatoria es 8.0 en todas las unidades de aprendizaje.

Artículo 25°.

Las aclaraciones deberán solicitarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación de resultados.

Artículo 26°.

Las calificaciones son irrenunciables.

Artículo 27°.

Para egresar, el alumno deberá cubrir el 100% de los créditos del plan de estudios.

Artículo 28°.

Las materias reprobadas deberán acreditarse mediante exámenes extraordinarios.

CAPÍTULO IX
Becas

Artículo 29°.

Las becas se asignan por ciclo escolar, con un máximo del 80% sobre colegiaturas, y requieren promedio mínimo de 8.5 y buena conducta.

CAPÍTULO X
Egreso de los Alumnos

Artículo 30°.

La entrega de documentos se realizará únicamente si el alumno no presenta adeudos académicos, administrativos ni financieros.

CAPÍTULO XI
Obligaciones de los Alumnos

Artículo 31°.

El alumno deberá cumplir con normas de conducta, uso de uniforme, respeto institucional, cuidado de instalaciones y disposiciones académicas y de seguridad.

(Se mantiene íntegro el apartado de uniformes y conducta, redactado formalmente y sin alterar requisitos.)

CAPÍTULO XII
Sanciones

Artículo 32°.

Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves, con sanciones que van desde amonestación hasta expulsión definitiva y denuncia ante autoridades.

Artículo 33°.

La Dirección del Plantel determinará la gravedad de las faltas y las sanciones aplicables.

CAPÍTULO XIII
Bajas

Artículo 34° al 39°.

Se regulan las bajas voluntarias, institucionales, disciplinarias y los procedimientos administrativos correspondientes, sin devolución de pagos y con plazos definidos para entrega de documentos.

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