Reglamento
Instituto Tecnológico de Aviación Comercial, A.C.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1°.
Todos los estudiantes tienen la obligación de conocer y cumplir el contenido del presente Reglamento, el cual será aplicable a partir de su entrada en vigor.
Artículo 2°.
Al momento de realizar su inscripción o reinscripción, el estudiante acepta expresa y tácitamente el contenido, aplicación y cumplimiento del presente Reglamento, así como de las normas, disposiciones y lineamientos que de él se deriven.
CAPÍTULO II
Proceso de Admisión
Artículo 3°.
Para ingresar como alumno del Instituto Tecnológico de Aviación Comercial, A.C., los aspirantes deberán sujetarse al proceso de selección establecido por el plantel, así como cumplir con los requisitos y condiciones que se determinen para tal efecto.
Artículo 4°.
Se considera aspirante a la persona que realiza formalmente los trámites administrativos y el pago correspondiente para ingresar a la institución.
Artículo 5°.
Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
Ingreso: Trámite que consiste en la presentación de solicitud, documentación y exámenes requeridos para ser admitido.
Inscripción: Procedimiento administrativo mediante el cual la Dirección del Plantel registra oficialmente al alumno.
Reinscripción: Trámite que realiza el alumno para continuar sus estudios al concluir un ciclo escolar o tras una interrupción.
Se consideran inscripciones de primer ingreso aquellas que se realizan por primera vez.
CAPÍTULO III
Requisitos de Admisión
Artículo 6°.
Los requisitos para ingresar al Instituto son los siguientes:
- Haber concluido satisfactoriamente el nivel bachillerato o equivalente, sin adeudos académicos.
- Ser mexicano por nacimiento, conforme a los artículos 30 y 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- No presentar discapacidad que impida el desarrollo de la carrera o curso.
- Contar con capacidades psicomotrices adecuadas.
- Tener conocimientos básicos de matemáticas, física e informática.
- Capacidad para seguir instrucciones, comunicarse verbalmente y por escrito, y tolerancia a la frustración.
- Aceptación y respeto de las figuras de autoridad.
Documentación requerida:
- Certificado original de bachillerato o equivalente (revalidado si es extranjero).
- Acta de nacimiento reciente (original y 3 copias).
- Copia de identificación oficial (INE/IFE).
- CURP (original y 3 copias).
- Firma de aceptación del presente Reglamento.
- Pago de inscripción, seguro y cuotas correspondientes.
- Firma del contrato Alumno–Escuela.
- Dos fotografías tamaño credencial a color.
La documentación deberá entregarse en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores al inicio de clases. En caso contrario, la Institución se deslinda de cualquier trámite ante autoridades competentes.
Examen médico:
El aspirante deberá presentar examen médico vigente, realizado por personal autorizado, con una antigüedad no mayor a cinco días naturales. El costo corre por cuenta del alumno.
CAPÍTULO IV
Inscripciones
Artículo 7°.
Los trámites de inscripción deberán realizarse de manera personal y presencial por el interesado.
Artículo 8°.
No se otorgará inscripción a aspirantes que hayan sido dados de baja en otra institución por mala conducta o faltas graves.
Artículo 9°.
Los documentos expedidos por instituciones extranjeras deberán estar debidamente apostillados o legalizados.
Artículo 10°.
La presentación de documentos falsos ocasionará la cancelación inmediata de la inscripción, anulación de calificaciones y notificación a las autoridades competentes, quedando impedido el reingreso futuro.
Artículo 11°.
Una vez inscrito, el Instituto entregará al alumno:
- Constancia de inscripción
- Programa académico
- Contrato Alumno–Escuela
- Formato de cuotas vigentes
CAPÍTULO V
Reinscripciones
Artículo 12°.
Las reinscripciones deberán realizarse de manera personal y presencial.
Artículo 13°.
No se permitirá la reinscripción a alumnos dados de baja por faltas graves o muy graves.
Artículo 14°.
Los alumnos que interrumpan sus estudios por causas no imputables al Instituto podrán reingresar siempre que no tengan adeudos académicos.
Artículo 15°.
En carreras con vuelo real, los alumnos que reingresen deberán realizar al menos una hora de repaso de maniobras, con costo a su cargo.
CAPÍTULO VI
Asistencias
Artículo 16°.
Para tener derecho a exámenes finales, el alumno deberá contar con mínimo 80% de asistencia por materia.
Artículo 17°.
Se considerará falta:
- No ingresar a clase.
- Retardo mayor a 10 minutos en la primera clase.
- Falta de pago puntual.
- No portar gafete institucional.
- Retardos posteriores a recesos.
Las faltas por enfermedad deberán justificarse con comprobante médico.
CAPÍTULO VII
Cuotas
Artículo 18°.
La Dirección General determinará las cuotas correspondientes a inscripción, colegiaturas, horas de vuelo, simulador, seguros, exámenes, cursos y demás conceptos.
Artículo 19°.
Los pagos se realizarán directamente en el banco autorizado. Es obligación del alumno conservar su comprobante.
Artículo 20°.
Después del día 3 de cada mes se generarán recargos. No habrá devoluciones bajo ningún concepto.
Artículo 21°.
El alumno con adeudos no tendrá derecho a presentar exámenes ni a la expedición de documentos oficiales.
CAPÍTULO VIII
Evaluaciones
Artículo 22°.
Los criterios de evaluación serán informados por el docente el primer día de clases.
Artículo 23°.
La evaluación será continua y considerará conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes.
Artículo 24°.
La calificación mínima aprobatoria es 8.0 en todas las unidades de aprendizaje.
Artículo 25°.
Las aclaraciones deberán solicitarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación de resultados.
Artículo 26°.
Las calificaciones son irrenunciables.
Artículo 27°.
Para egresar, el alumno deberá cubrir el 100% de los créditos del plan de estudios.
Artículo 28°.
Las materias reprobadas deberán acreditarse mediante exámenes extraordinarios.
CAPÍTULO IX
Becas
Artículo 29°.
Las becas se asignan por ciclo escolar, con un máximo del 80% sobre colegiaturas, y requieren promedio mínimo de 8.5 y buena conducta.
CAPÍTULO X
Egreso de los Alumnos
Artículo 30°.
La entrega de documentos se realizará únicamente si el alumno no presenta adeudos académicos, administrativos ni financieros.
CAPÍTULO XI
Obligaciones de los Alumnos
Artículo 31°.
El alumno deberá cumplir con normas de conducta, uso de uniforme, respeto institucional, cuidado de instalaciones y disposiciones académicas y de seguridad.
(Se mantiene íntegro el apartado de uniformes y conducta, redactado formalmente y sin alterar requisitos.)
CAPÍTULO XII
Sanciones
Artículo 32°.
Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves, con sanciones que van desde amonestación hasta expulsión definitiva y denuncia ante autoridades.
Artículo 33°.
La Dirección del Plantel determinará la gravedad de las faltas y las sanciones aplicables.
CAPÍTULO XIII
Bajas
Artículo 34° al 39°.
Se regulan las bajas voluntarias, institucionales, disciplinarias y los procedimientos administrativos correspondientes, sin devolución de pagos y con plazos definidos para entrega de documentos.
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